Caso 001: la cuenta de Arturo, un adeudo de $111,402 y una salida que ya estaba en la ley
Es el caso real de Arturo, quien fundó Aclara después de vivirlo. Omitimos sus datos sensibles.
- Lo que el SAT cobraba
- $111,402
- Multas, recargos y gastos
- $41,093
- Lo que pagó
- $70,309
PROCEDENTE
Cuenta liberada. Sin porcentaje de éxito. Leer el caso completo
Lo que pasó
Un día el SAT inmovilizó la cuenta de Arturo. El banco solo ejecutaba la orden y no había ninguna notificación clara. El origen era su declaración anual 2022: $179,336 que eligió pagar en 6 parcialidades. Pagó 4. Al faltar las demás, el saldo se volvió exigible de inmediato (art. 66-A del Código Fiscal). Como no atendió los requerimientos, el SAT inmovilizó la cuenta (art. 156-Bis).
¿Por qué no atendió los requerimientos? Su domicilio fiscal estaba desactualizado. Los avisos salieron como “no localizado” y se notificaron por estrados. Nunca se enteró.
El atajo que era un delito
Un contador le propuso inflar retenciones que no existieron para que no saliera nada a pagar. Eso es defraudación fiscal (art. 108 del Código Fiscal), y además se detecta: sus ingresos ya estaban en facturas que el SAT ve. Arturo lo rechazó.
La salida
El Programa de Regularización Fiscal 2026 reduce hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución de créditos firmes de 2024 o antes. El impuesto y su actualización sí se pagan. No es un favor: es un estímulo de la Ley de Ingresos de la Federación 2026 (artículo Vigésimo Segundo Transitorio).
Lo que hizo, paso a paso
- Revisó en Mi Portal la determinante y lo ya pagado. El remanente real era de unos $62,099; con accesorios, $111,402.
- Pidió el estímulo con un escrito libre por Mi Portal.
- Se la rechazaron dos veces por forma: faltaba el escrito en PDF y la identificación, usó un domicilio distinto al del RFC y faltaban manifestaciones bajo protesta de decir verdad.
- Con todo completo, el SAT la declaró procedente y emitió la línea de captura, que es la referencia para pagar.
- Pagó $70,309 antes de que venciera (unos 15 días).
- Envió el aviso de pago. El SAT dio de baja el adeudo y pidió a la CNBV liberar la cuenta.
Lo que aprendimos
- El bloqueo siempre tiene una causa que se puede rastrear.
- Deber impuestos no es delito. Inventar cifras, sí.
- Hay beneficios que son derecho, y no se paga un porcentaje por pedirlos.
- La forma decide si tu solicitud entra a estudio.
- Un domicilio fiscal desactualizado es la causa de los bloqueos “sorpresa”.
- Los plazos son cortos. Hay que vigilarlos.
Resumen con fines informativos. No es asesoría fiscal ni legal. Montos, plazos y requisitos corresponden a este caso y a la normativa vigente en 2026.